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Nuevo Reglamento Europeo sobre Envases: Cambios y Claves

por Fer Gómez

El 22 de enero por fin se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el nuevo reglamento europeo sobre envases y residuos de envases, tras más de dos años de tramitaciones.

Aún quedan aspectos por definir, como el listado de excepciones para frutas que podrán ir envasadas o el listado de sustancias preocupantes que podrían representar un riesgo para la salud… pero el reglamento ya es una realidad.

Este reglamento busca reducir el volumen y peso de los envases, minimizar los envases innecesarios, fomentar su reutilización, aumentar el contenido reciclado (especialmente en plásticos) y mejorar la calidad del reciclaje.

Aquí os dejamos un pequeño resumen, aunque hay mucho más: son 124 páginas.

Prohibiciones

En el año 2030 se prohibirán

  • Envases de plástico de un solo uso para frutas y hortalizas frescas envasadas en cantidades inferiores a 1,5 kg. Los Estados miembros podrán establecer excepciones a esta restricción si existe una necesidad demostrada de evitar la pérdida de agua o de turgencia, los peligros microbianos, los golpes físicos o la oxidación. También en el caso de que no exista otra posibilidad para evitar la mezcla de frutas y hortalizas ecológicas con frutas y hortalizas no ecológicas.
  • Envases de plástico de un solo uso para alimentos y bebidas llenados y consumidos dentro de los locales en el sector de la hostelería (excepto los establecimientos sin acceso a agua potable).
  • Los envases de plástico de un solo uso en el sector de la hostelería y la restauración que contienen dosis o raciones individuales usados para condimentos, conservas, salsas, leche para el café…
  • Los envases de un solo uso para productos cosméticos, higiénicos y de aseo para su uso en el sector del alojamiento. Como botellitas de champú, de crema, bolsitas que contienen pastillas de jabón, etc.

Sustancias peligrosas

  • Los envases deben diseñarse y fabricarse de tal forma que se limite la presencia de determinados metales pesados y otras sustancias preocupantes en su composición.
    Las sustancias preocupantes como constituyentes de los materiales de los envases o de los componentes de los envases deben ser reducidas al mínimo con objeto de garantizar que el envase, así como los materiales reciclados a partir del envase, no tengan ningún efecto adverso en la salud humana ni en el medio ambiente durante todo su ciclo de vida.
  • Antes del 31 de diciembre de 2026, la Comisión Europea evaluará el impacto de sustancias preocupantes en envases, su efecto en el reciclaje y la seguridad química. Este informe podrá presentar una lista de las sustancias preocupantes presentes en los envases y en sus componentes e indicar la medida en que podrían constituir un riesgo inaceptable para la salud de las personas y para el medio ambiente.
  • A partir del 12 de agosto de 2026, se prohibirán las sustancias perfluoradas (PFAS) por encima de ciertos umbrales en los envases en contacto con alimentos (25 ppb para compuestos individuales y 250 ppb para la suma total, excluyendo las PFAS poliméricas).

    Y antes del 12 de agosto de 2030, la Comisión llevará a cabo una evaluación para valorar la necesidad de modificar o derogar las restricciones o prohibiciones del uso de PFAS.

Reciclaje

  • A partir del 2030 todos los envases introducidos en el mercado serán reciclables. Diseñados para generar materiales de calidad comparable a los originales y poder recogerse, clasificarse y reciclarse a gran escala.
  • Los Estados miembros deberán reciclar al menos el 65 % de los residuos de envases para 2025 y el 70 % para 2030, con objetivos específicos por material, como un 50 % de plástico en el 2025 y un 55% en el 2030.
  • A partir de 2030, los envases de plástico deberán contener entre un 10 % y un 35 % de material reciclado, según el tipo de envase, y desde 2040, este porcentaje aumentará a entre un 25 % y un 65 %.

Otras medidas

  • A partir del 12 de febrero de 2027, en la hostelería se deberá permitir que los clientes usen sus propios recipientes para llevar bebidas y comidas.
    Los productos en recipientes reutilizables deberán ofrecerse al mismo precio y condiciones que en envases de un solo uso, con información visible para los consumidores.
  • Transparencia para el Consumidor: Se implementan requisitos de etiquetado que informan sobre la composición de los materiales y el contenido reciclado de los envases, facilitando la correcta separación y reciclaje por parte de los consumidores.
  • Antes del 1 de enero de 2030, los envases que se comercialicen deberán diseñarse para minimizar su volumen y peso, garantizando su funcionalidad y considerando su forma y material

Hay que tener paciencia, ya que la mayoría de las medidas son a largo plazo, muchas de ellas para 2030, pero por lo menos ya se ha aprobado.

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